RESOLUCIÓN DEPARTAMENTAL 43111 DEL
22 DE NOVIEMBRE DE 2011. ARTICULO 4º.LAS ACTIVIDADES DE DESARROLLO
INSTITUCIONAL: Se
refieren al tiempo dedicado por los directivos y docentes a la formulación,
desarrollo, evaluación, revisión y ajustes al Proyecto Educativo
Institucional; a la elaboración, seguimiento y evaluación del plan de
estudios; a la investigación y actualización pedagógica; a la evaluación
institucional anual y elaboración de planes de fortalecimiento institucional
y a otras actividades de coordinación con organismos o instituciones que
incidan directa e indirectamente en la prestación del servicio educativo.
Según
el Artículo 8 del Decreto 1850 del 2002, estas actividades deberán realizarse
durante 5 semanas de calendario académico y serán distintas a las 40 semanas
lectivas de trabajo académico con las estudiantes, establecidas en el
calendario. Para el desarrollo de
estas actividades se deberá adoptar o definir un plan de trabajo que desarrollarán
directivos docentes y docentes de los establecimientos educativos,
durante toda la jornada laboral.
Les pido el favor de trabajar de 7am
a 3 pm como venimos acostumbrados.
Por esta semana no otorgo permisos a
última hora, solo son válidos inasistencias por emergencias o calamidad
doméstica. Se suspende por esta semana permisos especiales otorgados a los
educadores en forma escrita en semanas pasadas.
Debe ser una razón muy suficiente
para no ser reportado a Control Interno por su inasistencia.
Les pido ser muy puntuales para
iniciar a las 7 am como para salir a las 3 pm.
La señora de la Tienda ofrece
servicio de restaurante, desayunos por esta semana. Contratar con ella desde
hoy lunes 4 de junio de 2012
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